Te presentamos una guía de los principales regímenes de incorporación fiscal que existen en méxico y una guía para obtener tu Constancia de Situación Fiscal y verificar bajo que régimen te encuentras.
Tutorial
- Entrar en la página del SAT y seleccionar “Otros trámites y servicios”
- Seleccionar “Genera tu Constancia de Situación Fiscal”
- Ingresa con tu RFC y contraseña. Si olvidaste tu contraseña puedes recuperarla con ayuda del correo electrónico que proporcionaste.
- Seleccionar “Generar Constancia”
- Y listo, el sistema arroja un archivo en PDF con tu Constancia de Situación Fiscal
- En la hoja 2 puedes consultar la actividad económica a la que estás inscrito, tú régimen y obligaciones además de cada cuánto debes presentarlas.
Para más detalles puedes ver las siguientes diapositivas
Tipos de régimen fiscal
- Asalariados. Si recibes salarios y prestaciones de un patrón tributarás en este régimen fiscal. En el caso de que tengas ingresos superiores a 400,000 MXN en el ejercicio fiscal, hayas tenido más de un patrón en el año o si tienes ingresos provenientes del extranjero, deberás presentar tu declaración anual. Adicionalmente, si quieras realizar deducciones personales tendrás que presentar la declaración anual para poder recibir tu saldo de ISR a favor.
- Servicios profesionales ( mejor conocido como honorarios). Este régimen aplica a las personas que brindan servicios profesionales de manera independiente a empresas, dependencias gubernamentales o a personas físicas, algunos ejemplos de este tipo de personas son: contadores, médicos, abogados, por mencionar algunos.
- Actividades empresariales. Si realizas actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, pesca o silvícolas te corresponde el régimen de actividades empresariales. Aplica a negocios como restaurantes, cafeterías, fondas, talleres mecánicos, entre otros más.
- Arrendamiento de inmuebles. Las personas que obtengan ingresos por rentar bienes inmuebles también deben cumplir con sus obligaciones fiscales bajo este régimen.
- Régimen de Incorporación Fiscal (RIF). El RIF sustituye desde el 2014 a los famosos REPECOs y es para los contribuyentes que realicen actividades empresariales, que vendan bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional. El beneficio es que estos contribuyentes no pagarán ISR durante el primer año y a partir del segundo la reducción del impuesto disminuye en 10% anualmente.
Ahora ya sabes bajo que régimen fiscal del SAT te encuentras 😉